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En qué casos el aguinaldo está alcanzado por Ganancias

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El tributarista Sebastián Domínguez, de SAC Asesores Tributarios, elaboró 7 claves para comprender el mecanismo de liquidación.
En el Gobierno se debate la actualización del piso desde el que se pagará el Impuesto a las Ganancias, ante la proximidad del cobro del medio aguinaldo.
El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, renovó su pedido al ministro de Economía, Martín Guzmán, para que la modificación se haga efectiva antes del pago del Sueldo Anual Complementario (SAC).
El próximo mes se pagará el medio aguinaldo correspondiente al primer semestre de 2022 y, ante las dudas que surgieron a partir de la reforma de ganancias de 2021 debido a un mecanismo muy complejo de liquidación que genera confusión, el tributarista Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, elaboró 7 claves para comprender su tratamiento.
1) El Sueldo Anual Complementario puede tener tres tratamientos:
Totalmente gravado.
Totalmente exento.
Parte exento y parte gravado .
2) ¿Cómo se determina el tratamiento del SAC?
Primero, se debe establecer si el promedio de la remuneración y/o haber bruto mensual del período fiscal anual supera o no la suma de doscientos veinticinco mil novecientos treinta y siete pesos.
Si el promedio de la remuneración y/o haber bruto mensual del período fiscal anual supera ese monto, entonces el SAC está íntegramente gravado por el impuesto a las ganancias. En cambio, si el promedio mencionado no lo supera, entonces el SAC está exento hasta dicha suma.
3) Se debe considerar como remuneración y/o haber bruto mensual a todos los importes que se perciban mensualmente, en dinero o en especie, cualquiera sea su denominación, a los fines de la determinación de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino o regímenes provinciales o municipales análogos.
Los conceptos se deben considerar independientemente del tratamiento que tengan en el impuesto a las ganancias. Es decir, se van a considerar tanto los conceptos gravados como los exentos y no gravados por el impuesto a las ganancias. El único concepto que no debe ser considerado para establecer remuneración y/o haber bruto mensual es el SAC.
4) ¿Cómo se determina el tratamiento en Ganancias de la primera cuota del SAC si la norma indica que el tratamiento depende del promedio mensual de todo el año?
Este es uno de los problemas que genera la reforma del 2021.
Cuando se paga la primera cuota del SAC se conoce el promedio de la remuneración y/o haber bruto mensual de los meses que transcurrieron desde el primero de enero hasta la fecha de su pago.
Entonces, para determinar el tratamiento debe tomarse ese promedio de la remuneración y/o haber bruto mensual de los meses que transcurrieron en el año y, en función de la misma, darle un tratamiento «provisorio» a la primera cuota.
Si el promedio supera los doscientos veinticinco mil novecientos treinta y siete pesos, la primera cuota se considerará «provisoriamente» gravada y el empleador deberá retener el impuesto a las ganancias sobre la misma. Si el promedio no supera ese monto, la primera cuota se considerará «provisoriamente» exenta hasta la suma de ciento doce mil novecientos sesenta y ocho pesos.
5) ¿Cuándo se determina el tratamiento definitivo para el SAC?
El tratamiento definitivo del SAC de 2021 se podrá determinar una vez transcurrido todo el 2022. El empleador, que practica las retenciones del impuesto a las ganancias, deberá considerar el promedio de la remuneración y/o haber bruto mensual del período fiscal anual cuando se realice la liquidación anual (en abril de 2022) o la liquidación final (si el empleado se retira antes).
6) ¿Se puede llegar a retener impuesto a las ganancias por la primera cuota del SAC pero que luego la misma quede exenta?
Sí, puede suceder. Técnicamente puede pasar que el promedio de la remuneración y/o haber bruto mensual promedio de los primeros meses del año al momento de pagar la primera cuota del SAC supere los doscientos veinticinco mil novecientos treinta y siete pesos por diferentes adicionales liquidados el empleado y que, una vez finalizado el año, el promedio no supere dicho valor.
En ese caso, lo que se retuvo en junio 2022 al liquidar la primera cuota del SAC podrá ser devuelto en abril 2023 luego de realizar la liquidación anual. Es decir, puede haber casos donde se realice la devolución 10 meses después sin ningún reconocimiento de intereses a favor del empleado.
Por el contrario, puede suceder que no se practique la retención sobre la primera cuota del SAC porque el promedio de la remuneración y/o haber bruto mensual promedio de los primeros meses del año no supere el monto señalado y que, una vez finalizado el año, el promedio supere dicho valor.
En ese caso, el empleador deberá darle el tratamiento de gravado en la liquidación anual y practicar la retención sobre el valor de la primera cuota del SAC en abril 2023, es decir, 10 meses después del cobro.
Domínguez remarca que es importante mencionar que en la liquidación anual se pueden tener que considerar otras cuestiones (deducciones, percepciones, entre otras) que pueden generar un saldo a devolver o a retener al empleado, más allá de la incidencia del tratamiento del SAC.
7) ¿Las retenciones sobre las cuotas del SAC se realizan en junio y diciembre al cobrarlos o se van realizando mes a mes?
Históricamente y tal como corresponde de acuerdo a la técnica del impuesto a las ganancias, las retenciones del impuesto sobre las cuotas del SAC se realizaban en el momento en que se cobraban las mismas.
A partir de 2017 se modificó la ley introduciendo otra complicación en las liquidaciones. Esa complicación, que perjudica a los empleados, obligó a considerar mes a mes una doceava parte de las remuneraciones para adelantar las retenciones sobre la futura cuota del SAC a pagar en junio y diciembre. Es decir, se retiene ganancias sobre una futura cuota del SAC antes de cobrarla.
Con la reforma de 2021, se agravaron las complicaciones. Al momento de cada liquidación de sueldos, el empleador tiene que incorporar la doceava parte para calcular las retenciones solamente si el promedio de la remuneración y/o haber bruto mensual desde el 1 de enero hasta el mes que está liquidando superan los doscientos veinticinco mil novecientos treinta y siete pesos. Si el promedio de la remuneración y/o haber bruto mensual acumulado desde el 1 de enero no supera dicho monto, entonces no incorpora la doceava parte.
Esto puede generar diferentes situaciones. Algunas de ellas pueden ser las siguientes:
Que el promedio calculado en cada uno de los primeros cinco meses no supere los doscientos veinticinco mil novecientos treinta y siete pesos pero que lo supere en el mes en que se liquida la primera cuota del SAC. En este caso, no se incorporó la doceava parte en ningún mes y la retención se practicará en junio sobre el total de la primera cuota del SAC.
Que el promedio calculado en los primeros cinco meses supere los $225.937 en todos los meses pero que no lo supere en el mes en que se liquida la primera cuota del SAC. En este caso, se incorporó la doceava parte en cada uno de los primeros cinco meses y, entonces, debe descontarse cinco doceavas partes en el mes que se liquida la primera cuota del SAC a los efectos del cálculo de la retención del impuesto a las ganancias.
Que el promedio calculado en los primeros cinco meses, en alguno supere los doscientos veinticinco mil novecientos treinta y siete pesos, y en otros no, y que lo supere en el mes en que se liquida la primera cuota del SAC. En este caso, se incorporó la doceava parte en algunos de los meses y, ahora, se considerará lo que resta para llegar al total de la primera cuota del SAC a los efectos de practicar la retención.
Cadena3.-

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El dólar «blue» pegó un fuerte salto y quedó cerca de los $400: a cuánto cerró

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La divisa norteamericana en el segmento informal subió $7 en la segunda jornada hábil de la semana. El tanto, el riesgo país está arriba de los 2.500 puntos.

El dólar blue cerró las operaciones de este martes con un alza de $7 que lo ubicó en $397 para la venta, según datos de operadores del mercado de cambios. En Córdoba, cotizó a $401.
En tanto, las opciones financieras tuvieron comportamientos contrapuestos y la brecha cambiaria entre el «blue» y el oficial es de 84% y con el mayorista de 90%.
A cuánto cotizan los demás tipos de cambio
• Dólar oficial: $214,09.
• Mayorista: $207,90.
• Contado con liquidación: $391,61.
• MEP o Bolsa: $380,16.
• Ahorro o Solidario: $353,92.
• Turista: $375,83 (para compras de hasta 300 dólares por mes)
• «Qatar»: $429,00.
En la jornada del lunes, el Banco Central perdió otros US$95 millones y en el mes acumuló una pérdida de US$1.600 millones.
En tanto, los bonos de la deuda pública involucrados en el canje anunciado por el Gobierno continúan en baja. El mayor retroceso se observaba en el AL30D con una disminución de 2,1%.
Por último, el riesgo país argentino se mantuvo en 2.531 puntos básicos, de acuerdo con el índice que elabora el JP Morgan.
CADENA 3.-

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La historia de la nena de 4 años esclareció un femicidio

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A pesar de que el hombre sostuvo que despertó y la mujer ya estaba muerta, la hija permitió dar con el asesino.

Una nena de cuatro años fue clave para descifrar un femicidio en Barracas. Su mamá, Ana Lorena Domínguez, fue asesinada de dos puñaladas y su pareja, Adrián Gordillo, terminó detenido.
A pesar de que la causa tiene su primer sospechoso, la primera información que se obtuvo del asesinato de la mujer de 43 años era totalmente distinta. Aun así, el caso tuvo un giro relevante cuando la menor le relató a su hermana de 25 años el horror que vivió: «Papá pinchó con un cuchillo a mamá».
Todo comenzó el lunes por la mañana en el interior de una habitación del segundo piso del edificio ubicado en la avenida Martín García al 800 cuando Gordillo y los hijos de Domínguez despertaron y vieron que la mujer estaba muerta.
De inmediato el hombre le explicó a su hijastra la escena que habían encontrado: «Sol, yo me levanté de la cama y tu mamá estaba en el piso».
La misma versión la dio delante de los efectivos de la Comisaría Vecinal 4D de la Policía de la Ciudad que llegaron al lugar y constataron que Ana Lorena tenía dos heridas punzo cortantes en el abdomen.
Sumado a las primeras pericias también se le incorporó el relato de la nena de cuatro años que permitió detener de forma inmediata a Gordillo.
El hombre tiene antecedentes por hechos de violencia familiar ocurridos en 2019 y 2020. Además, vecinos de la pareja manifestaron que eran constantes las discusiones a gritos entre ambos.
La causa quedó a cargo de la fiscal del Distrito del barrio de La Boca, Susana Calleja, quién ordenó la detención de Adrián Gordillo. Las pericias de la Unidad Criminalística Móvil (UCM) indicaron que la data de muerte sería de al menos 12 horas.
CADENA 3.-

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Tarjeta Alimentar en abril 2023: estas son las fechas de cobro confirmadas por Anses

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Cuándo cobro Anses. El organismo previsional confirmó la fecha y lugar de cobro de Tarjeta Alimentar y otras prestaciones. Con DNI o CUIL, consultá cuándo te toca

La Administración Nacional de la Seguridad Social ( Anses) confirmó parte del calendario de pagos de abril 2023, que incluye el pago de la Tarjeta Alimentar del Ministerio de Desarrollo Social.
La asistencia busca acompañar a los sectores más vulnerables y garantizar su acceso a la canasta básica alimentaria. Para eso, se entregan montos que van desde los $12.500 a $25.000.
Por otra parte, el organismo previsional planifica los cobros para jubilados y pensionados, Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignaciones Familiares (SUAF), según terminación de documento.
Tarjeta Alimentar 2023: quiénes cobran
Los grupos que cobran la Tarjeta Alimentar sin inscripción son:
AUH con hijos de hasta 14 años inclusive. AUH con hijos con discapacidad, sin límite de edad. Asignación por Embarazo. Madres de 7 hijos o más que reciben una Pensión No Contributiva (PNC).
Cómo solicitar Tarjeta Alimentar
No hay una inscripción a la Tarjeta Alimentar, los grupos que forman parte del universo de beneficiarios reciben el pago automáticamente junto a su prestación mensual (AUH, AUE o PNC, según corresponda).
Saldo de Tarjeta Alimentar: montos en abril 2023
Cobran $12.500:
AUH con un hijo. Asignación por Embarazo.
Cobran $19.000:
AUH con dos hijos.
Cobran $25.000:
AUH con tres hijos o más. Madres de 7 hijos con PNC.
Calendario de pagos Anses abril 2023
Fecha de cobro PNC
Anses confirmó las fechas de cobro para jubilados y pensionados. Los titulares de Pensiones no Contributivas reciben la Tarjeta Alimentar en las siguientes fechas:
Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 3 de abril de 2023. Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 4 de abril de 2023. Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 5 de abril de 2023. Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 10 de abril de 2023. Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 11 de abril de 2023.
AUH abril 2023
La fecha de cobro para AUH en abril no está confirmada todavía, aunque se espera que la entrega empiece en la segunda semana del mes, después de Semana Santa.Consultá fecha y lugar de cobro en Mi Anses o en:
www.anses.gob.ar/consultas/fecha-y-lugar-de-cobro

BAE NEGOCIOS.-

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